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¿Qué es el colegio?

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¿Es obligatoria la colegiación?

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¿Cómo colegiarse?

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Alta colegiado

¿QUÉ ES EL COLEGIO?

El Colegio, aparte de ser considerado como una Corporación de Derecho Público, lo que hace que en determinadas ocasiones actúe como verdadera Administración Pública, es la organización profesional de los protésicos dentales (tanto empresarios como trabajadores) que ejercen en el territorio de las provincias de Castellón y Valencia, y que tiene como finalidad el velar por la defensa de los intereses de la profesión y ordenar su ejercicio, y proteger los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de los colegiados.

 

Al Colegio le corresponde ejercer la representación del colectivo de protésicos dentales en las provincias de Castellón y Valencia en todas las relaciones que la profesión tenga que entablar con los poderes públicos, entidades, corporaciones y personalidades de cualquier orden.

En este sentido el Colegio tiene que mantener relaciones constantes con la Consellería de Sanidad y con la de Justicia y Administraciones Públicas, asesorando e informando respecto de las necesidades e intereses de los profesionales a los que representa, y buscando las mejoras que sean necesarias.

También forma parte activa del Consejo General de Protésicos Dentales de España, lo que le permite representar también a los protésicos dentales de Castellón y Valencia en la búsqueda de mejoras y solución de problemas en la profesión de protésico dental a nivel estatal.

Los colegiados pueden promover actuaciones de los órganos de gobierno del Colegio, por medio de iniciativas y solicitudes, tienen derecho a recibir asistencia y defensa del Colegio en cualquier conflicto de origen profesional y la mediación del mismo en conflictos entre colegiados.

El Colegio es de todos los protésicos que están obligados por Ley a formar parte del mismo. Los propietarios son por tanto los propios colegiados, que mediante las elecciones que periódicamente se convocan, pueden elegir a la Junta de Gobierno que estimen oportuna para que tome las decisiones dentro del mismo.

El funcionamiento y la estructura del Colegio son democráticos, y tanto el trabajador por cuenta ajena, como el empresario son iguales dentro del Colegio y ostentan los mismos derechos. Todo colegiado puede formar parte de la Junta de Gobierno.

Nadie se lucra a costa del Colegio, por cuanto todas las aportaciones de los colegiados van destinadas a la prestación de servicios al colegiado y a sufragar los gastos necesarios para el funcionamiento del propio Colegio. Así ningún cargo de la Junta de Gobierno es retribuido y por el contrario, son todos gratuitos.

Todo colegiado puede revisar la Memoria Anual, los Presupuestos del Colegio y las Cuentas Anuales, para cerciorarse de que no exista desviación alguna, e incluso puede votar en contra de su aprobación si considera que existe algo que no está claro o que no se está dando al dinero la finalidad que corresponde.

Colegiados

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¿Es Obligatoria la Colegiación?

Es obligatorio colegiarse, por cuanto el artículo 3 de la Ley 2/2000 de 31 de marzo de la Generalidad Valenciana de creación del Colegio Oficial de Protésicos Dentales de la Comunidad Valenciana (hoy de Castellón y Valencia), dispone que para el ejercicio de la profesión de protésico dental en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana es obligatoria la previa incorporación al Colegio.

Ley que está vigente y es de aplicación en virtud de lo previsto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 25/2009 de 22 de diciembre, como ha confirmado la Sentencia nº 1477/2016 de 21 de junio de la Sección Cuarta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo.

En cuanto a qué personas son para dicha ley las que ejercen la profesión de protésico dental, debe precisarse que son aquellas que teniendo la titulación necesaria o habilitación profesional, realizan las funciones descritas en la Ley 10/1986 y Real Decreto 1594/1994, sean titulares de un laboratorio o trabajadores del mismo.

El Colegio además está obligado por Ley a velar porque todos aquellos que ejerzan la profesión dentro de las provincias de Castellón y Valencia estén colegiados.

 La colegiación es obligatoria pues para todos los protésicos, incluidos los trabajadores por cuenta ajena.

¿Cómo Colegiarse?

requisitos necesarios

 

  • Estar en posesión del Título Oficial en Prótesis Dental o habilitación profesional.
  • Ser mayor de Edad.
  • No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para el ejercicio de la profesión.
  • Satisfacer las cuotas de ingreso y cumplir los requisitos documentales que se establecen en los estatutos.

Documentación Necesaria de Alta

 

  • Solicitud de Colegiación
  • Fotocopia compulsada del D.N.I o pasaporte.
  • Fotocopia compulsada del título o habilitación profesional.
  • Fotocopia compulsada del IAE o del contrato laboral o nómina.
  • Informe de Vida Laboral emitido por TGSS (si la solicitud de alta es de colegiado NO ejerciente).
  • Autorización bancaria firmada.
  • Fotografía digital.
  • Recibo pago de la cuota de inscripción.

cuotas colegiales

 

  • Cuota de inscripción: 250,00 euros.
  • Cuotas mensuales: 30,00 euros colegiado ejerciente; 06,40 euros colegiado no ejerciente;  19,40 euros recién titulado (hasta los 2 años de la obtención del título).
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Formulario de Alta Colegiado

 

DATOS

PERSONALES

 

 

INFORMACIÓN

PROFESIONAL

 

 

INFORMACIÓN

PERSONAL

 

 

OTROS

DATOS

 

FORMULARIO DE ALTA COLEGIADO

Marque a continuación la documentación que hará llegar al Colegio para completar su petición:

Términos y Condiciones